cómo afecta el coronavirus al alquiler de viviendas

Descubre cómo afecta el coronavirus al alquiler de viviendas

¿Eres dueño, propietario o inquilino? Entonces este artículo te interesa, y es que hoy te contamos cómo afecta el coronavirus al alquiler de viviendas y respondemos a tus dudas y preguntas.

Además, sabemos que no estamos en una situación normal por lo que ponemos a vuestra disposición toda nuestra experiencia en el mercado de alquiler y atención para resolver cualquier duda o cuestión que seguro que son muchas.

Da igual si estás en alquiler o tienes una propiedad a tu nombre, seguro que te preocupa la situación y, lo que es más importante, ¿qué pasará en el futuro?

Sigue leyendo e intentaremos responder a todas las preguntas tanto de ayudas para la condonación del alquiler para inquilinos o para saber cómo les afecta a los dueños de propiedades. 

¿Cómo afecta el coronavirus al alquiler de viviendas?

La situación del coronavirus y el confinamiento en casa nos ha cogido a todos desprevenidos comenzando por el gobierno que no se esperaba este problema que supone la parálisis económica y financiera del país.

Ésta ha provocado que mucha gente no pueda salir de casa para ir a trabajar excepto aquellos trabajadores que ejercen actividades de primera necesidad.

Entre ellos se encuentran sanitarios, transportistas o gente vinculada a sectores de la alimentación, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o medios de comunicación.

Dueños, propietarios e inquilinos afectados por igual

En otras palabras, no poder ir a trabajar supone una pérdida económica del salario de un mes lo que complica la situación de muchas familias que viven al día. 

Por no mencionar, la posibilidad de muchos trabajadores que están involucrados un ERTE lo que aumenta la vulnerabilidad de los inquilinos o dueños.

Y es que no sólo los trabajadores están afectados, también los dueños.

Muchos pequeños propietarios son también trabajadores que ven afectados cómo esta situación se agrava al perder sus dos fuentes de ingresos, sus salarios y el pago del alquiler de su inquilino.

También puede ocurrir al contrario, y es que muchos dueños dependen única y exclusivamente de las rentas económicas que les supone el alquiler de sus propiedades.

Y ahora ven cómo tienen problemas para saber si los inquilinos van a poder pagar o no el siguiente mes.

Ayudas y medidas económicas del gobierno para el alquiler de viviendas

Por ello, el gobierno aprobó un paquete de ayudas y medidas económicas al alquiler a causa del coronavirus.

Estas medidas tienen como objetivo el apoyo a colectivos vulnerables, empresas y autónomos y es una especie de “plan de rescate” para intentar paliar la pérdida de renta y liquidez financiera.

Se trata de acciones y propuestas de alivio para paliar la tensión económica de los hogares y que la gente tenga liquidez para pagar los alquileres y rentas.

Las más importantes y que afectan tanto a inquilinos como dueños son las siguientes:

  • Prohibida la subida del alquiler hasta octubre y suspensión de desahucios:

Se suspenden los desahucios durante seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma. Además, se implanta la renovación automática de los contratos de alquiler que venzan en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta norma. Esta prórroga será de seis meses y en ella se mantendrán los términos y condiciones del contrato en vigor. Todo ello sin que pueda aplicársele ningún tipo de penalización ni intereses.

  • Moratoria de alquileres:

La moratoria en el pago de la renta se prolongará mientras dure el estado de alarma o mientras persista la situación de vulnerabilidad, con un máximo de cuatro meses. Una vez superada dicha situación, el inquilino devolverá la cuota o cuotas no pagadas a lo largo de un periodo no superior a tres años, sin que pueda aplicársele ningún tipo de penalización ni intereses. En el caso de que no haya un acuerdo, el inquilino tendrá acceso a un programa de ayudas transitorias de financiación a coste cero con aval del Estado.

Este crédito no tendrá interés. Además, se establece  un nuevo programa de ayudas directas al alquiler sobre vivienda habitual para personas que tengan problemas más permanentes para el pago del alquiler. Estás podrán ser añadidas a las citadas en los casos anteriores.

  • Se extiende la moratoria hipotecaria: 

Según el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo se facilita la moratoria de deuda por hipoteca de vivienda habitual y los pagos de las cuotas suspendidas deberán postergarse la duración de la suspensión.

Además, se añade a los autónomos entre los colectivos que pueden beneficiarse de esta moratoria. 

  • Apoyo en suministros básicos y cortes de suministro:

Para facilitar la tensión económica de las familias se extienden medidas de suspensión para familias que no puedan hacer pago de créditos vinculados al consumo. Esto se suma al del pago de hipotecas y durará unos 3 meses.

Las entidades bancarias no podrán cargar las cuotas y créditos derivados de éstos. Además, se suma a la ayuda a suministros básicos como electricidad, gas y agua. Muchos de los cuales, total o parcialmente, van incluidos en el pago del alquiler de muchos de inquilinos. 

  •  Medidas de apoyo a las personas

El gobierno aprobó el bono social de electricidad y otras propuestas como moratorias a autónomos, pymes y ayudas a las empleadas del hogar.

¿Cómo se pueden pedir las ayudas del alquiler coronavirus?

Vale, todo lo anterior está muy bien sobre el papel, pero cómo actúo si soy un arrendatorio o inquilino. Lo primero es saber si el inquilino es una persona vulnerable que tiene acceso a las ayudas.

Entre las personas y colectivos que pueden solicitar las ayudas se encuentran los siguientes:

  • Desempleados, trabajadores en situación de ERTE o Expediente Temporal de Regulación de Empleo o que le hayan reducido sus horas y jornada laboral por motivos de cuidados.
  • Empresarios, pymes y autónomos que hayan visto reducida una pérdida de hasta el 75 % de sus ingresos. 
  • Personas vulnerables. Estas incluyen ayudas sólo para hogares que cumplan los puntos anteriores y que no superen un total de ingresos por miembro de la unidad familia, del IPREM o Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual que es de unos 1.645 euros mes.
  • Otro caso será que ninguno de los miembros de la familia no sea dueño ni tenga una vivienda en propiedad en España.

Inquilinos, ¿cómo demuestran que son vulnerables?

Teniendo en cuenta los casos anteriores los inquilinos que se encuentran en esta situación deben entregar y demostrar que son vulnerables con la presentación de los siguientes documentos. 

  • Cese de actividad por ERTE.
  • Certificado de situación de desempleo en el que figure la cuantía mensual del subsidio.
  • Número de personas a cargo de la unidad familiar y que habiten en ella, certificado de empadronamiento de las personas que residan en en la propiedad y libro de familia.
  • Cese actividad mediante certificado de la AEAT o la Comunidad Autónoma que corresponda. En su defecto, también vale la declaración de cese declarada por el interesado.
  • Finalmente, y en caso de que no se pueda adjuntar alguno o todos los documentos puede valer una declaración firmada y responsable con los motivos que justifican el pago de la renta.

Estas moratorias se pueden pedir hasta el 2 de mayo de 2020 y deben ir cumplimentadas con la documentación correspondiente. 

A modo resumen, para inquilinos o dueños se podrán aplicar prórrogas máximas de 6 meses que finalicen a partir del 2 de abril de 2020 y hasta 3 meses después. Todo ello si lo solicita el inquilino y acepta el propietario o arrendador.

A partir del momento en el que todo vuelva a su cauce y comiencen de nuevo los trámites de desahucios se deben comunicar a los servicios sociales las medidas a tomar y la consideración sobre el plazo de suspensión.

Todo ello supeditado a la presentación y comprobación del estado de vulnerabilidad y la imposibilidad de encontrar otra vivienda lo que provocará la suspensión de desahucio con carácter retroactivo y por 6 meses como máximo.

¿Qué hacer en caso de duda o consulta?

Sabemos que es una situación excepcional y que os surgirán muchas dudas, por ello, nuestro consejo es que ante cualquier problema o pregunta no dudéis en consultarnos directamente.

Da igual si necesitas pedir una ayuda, no sabes presentar un trámite o tienes dudas sobre si cumples los requisitos para demostrar que tú y tu familia estáis en situación de vulnerabilidad, ¡no lo dudes y consúltanos!

La filosofía de Renovalia Inmobiliaria de fomentar un comportamiento ético y profesional de todos sus asociados y clientes va en nuestro ADN.

Y es que ante todo somos personas que nos preocupa esta situación y entendemos lo extraordinario del momento y la necesidad de muchas familias que necesitan ayuda bien sea en forma de información, consulta o resolución de dudas.

Lo primero son las personas, por eso, nos ponemos a vuestra entera disposición para que sepáis cómo afecta el coronavirus al alquiler de viviendas. Todo el personal de Renovalia Inmobiliaria seguimos teletrabajando desde nuestras casas gracias a la apuesta decidida que realizamos hace años por la digitalización del trabajo con sistemas de cloud, que permiten el acceso a nuestros servidores desde cualquier lugar y dispositivo, por lo que si tienes cualquier tipo de consulta podéis contactar con nosotros usando el sistema de mensajería vía WhatsApp que encontrarás al pie de esta página o enviándonos un correo electrónico a alquilerseguro@renovaliainmobiliaria.com

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